sábado, 4 de abril de 2009

Consultas y Respuestas sobre sucesiones

¿Cuando hay que hacer una sucesión?

Cuando el causante (el  fallecido) sea propietario de bienes inmuebles o muebles registrables (autos, embarcaciones, etc.) o sea titular de cuentas bancarias, plazos fijos o títulos públicos.

Esta información es genérica, en cada caso en concreto es necesario una consulta con un profesional de su confianza.

¿ Que gastos demanda el juicio sucesorio o sucesion?

1- Los primeros gastos son para la obtención de las partidas (acreditan vínculos entre el fallecido y los herederos) en la sucesión testamentaria, no son necesarios.

2- Planilla de inscripción para juicios universales

3- Bono

4- Ius provisional (Provincia de Bs As)

5- Edictos (Publicación).

6- Tasa de Justicia :  (Esta se paga al momento de inscribir) En la Ciudad de Buenos Aires los gastos de tasa de justicia son del 1,5% del valor fiscal de los bienes que entran en la sucesión, y los gastos de inscripción depende de los bienes a inscribir. En Provincia de Buenos Aires, la tasa de justicia, es del 2,2% mas sobretasa de justicia que es el 10% del monto de la tasa.

¿Donde tramita la sucesión?


No importa donde se encuentren ubicados los bienes del fallecido, si el último domicilio del causante es la Ciudad de Buenos Aires, allí tramitará su sucesión. Es importante el domicilio que consta en el Certificado de Defunción para saber en que jurisdicción tramitará el juicio sucesorio.

¿Cuantos tipos de Sucesiones hay?

1- Sucesión ab intestato (sin testamento)

2- Sucesión testamentaria (con testamento)

¿ Con testamento evito realizar el trámite sucesorio?

No,  debe tramitarse igualmente la sucesión que se llama "testamentaria".

¿Quienes heredan?

1- Los herederos forzosos , que no pueden ser privados de la herencia mediante un testamento porque la ley no lo permite. Son los hijos, cónyuge y padres de la persona que fallece.

2- Los herederos no forzosos que heredan si no hay herederos forzosos ni testamento. Son los demás parientes hasta el cuarto grado, como los hermanos, sobrinos, tíos y primos.

3- Los herederos testamentarios , son aquellos que la persona fallecida les dejó bienes mediante un testamento

¿Puede el testador disponer de todo su patrimonio?

El testador puede solamente disponer del porcentaje que indica la ley sin afectar la legítima, esto es la parte de los bienes que le corresponden por ley a los herederos forzosos.


¿Que es "La legítima"?

La legítima es la parte del patrimonio del causante de la cual no pueden ser privados sin justa causa ciertos parientes próximos por actos a título gratuito. Este privilegio no corresponde a todos los parientes, sino a aquellos que tienen con el causante un vínculo muy estrecho, esto es, los herederos forzosos, que no son otros que los ascendientes, descendientes y el cónyuge.

Porción legítima

Descendientes. La legítima en estos casos se eleva a las cuatro quintas partes del patrimonio del causante. Igual porción tienen los hijos adoptivos, que están asimilados a los legítimos.

- Ascendientes. Se les reconoce el derecho a las dos terceras partes del patrimonio del causante, cualquiera sea su número.

- Cónyuge. La legítima del cónyuge es de la mitad de los bienes, aunque sean gananciales. Pero si hay descendientes, el cónyuge tiene legítima sólo sobre los bienes propios del causante, pues no hereda en los gananciales.

- Nuera. La nuera viuda sin hijos tiene como legítima la cuarta parte de lo que le hubiere correspondido a su marido.

3 comentarios:

  1. En una sucesión testamentaria, donde se instituye heredero universal, por no tener herederos forzosos, y esto está escrito en el testamento NO SE PUBLICAN EDICTOS. Declarado valido el testamento en sus formas ( esta declaracion equivale a la declaratoria de herederos ) se ordena la inscrición del testamento de todo bien del causante, que sea registrable.

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  2. Cesión de Derechos por sucesión de bienes registrables sin Escritura Pública - Jurisprudencia - alguien puede suministrarme alguna data?

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  3. La verdad que esta info me viene excelente, porque estoy viendo que opciones tengo de inmuebles en capital federal como para mudarme mas cerca del centro...
    asi que estas preguntas con respuestas me vienen muy bien, y cualquier sugerencia que tengan como para recomendarme se los agradecere!

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